Los productos que contienen agua, incluidos muchos productos cosméticos, pueden estar sujetos a la proliferación de microorganismos. Si no se conservan lo suficiente, pueden deteriorarse y los productos cosméticos pueden presentar cambios de olor, decoloración, formación de moho, formación de gas, separación de emulsiones o cambios de viscosidad que los hagan inaceptables para el consumidor. Este deterioro provoca invariablemente importantes perjuicios económicos y una pérdida de imagen para el fabricante de cosméticos. Además, la contaminación microbiológica representa un peligro real, ya que supone un riesgo para la salud por la presencia de microorganismos potencialmente patógenos. Los propios fabricantes de cosméticos son responsables de la seguridad de los productos que fabrican y comercializan. y comercializan. Están legalmente obligados a asegurar sus productos para que no supongan un riesgo para la salud de los consumidores.
Los productos con acción contra los microorganismos se utilizan en determinados productos cosméticos, no sólo como conservantes, sino también como productos especiales: en preparados anticaspa para combatir los microorganismos causantes de la caspa; en desodorantes para inhibir el crecimiento de los microorganismos responsables de los malos olores corporales; en productos de higiene dental y bucal para combatir la formación de placa dental; como agentes antibacterianos en productos de limpieza de la piel para tratar problemas cutáneos juveniles; en productos antibacterianos para el lavado de manos.
Los límites de contaminación se han definido claramente para los productos cosméticos. productos cosméticos se clasifican según categorías. La categoría 1 abarca los productos que tienen más probabilidades de provocar una infección en el consumidor debido a la fragilidad de la zona del cuerpo (contorno de ojos y mucosas) en contacto con la fórmula. Los límites cualitativos y cuantitativos para la flora mesófila aerobia total son de 100 UFC/g o ml. La categoría 2 abarca todos los demás productos y los límites son de 1000 UFC/g o ml.
El anexo V delReglamento (CE) nº 1223/2009, de 30 de noviembre de 2009, sobre productos cosméticos, establece la lista de conservantes permitidos en los productos cosméticos del anexo V.


